Propiedad Industrial: Patentes, Marcas y Diseños

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La Propiedad Industrial

Introducción

El Derecho Mercantil es entendido como Derecho de la Empresa en la actualidad, e incluye materias que antes no eran tenidas en cuenta. Se trata de las instituciones de la Propiedad Industrial —elementos indispensables en la organización de cualquier empresa que deben ser protegidos jurídicamente—, como son:

  • Los derechos sobre patentes o marcas.
  • Los derechos sobre el diseño industrial u otros signos distintivos.

Estas cuatro instituciones jurídicas surgieron de manera autónoma. Fueron concebidas para la protección de los fabricantes o industriales en su actividad mercantil en época de la revolución industrial (siglo XIX en España) y acabaron englobándose como propiedad industrial, una modalidad especial de la propiedad especialmente concebida para proteger las actividades industriales.

Patentes y Protección de Otras Creaciones

El esfuerzo inventor de la empresa y el empresario por mejorar los procesos de producción es premiado por la sociedad otorgando un derecho de explotación durante un tiempo, a la vez que otorga una defensa jurídica en caso de copia.

El Derecho de patentes sirve para promover el progreso tecnológico e industrial dentro de un marco de libre competencia:

  1. Mediante el estímulo a la investigación.
  2. Otorgando un beneficio económico, como es la explotación en exclusiva por un tiempo determinado.
  3. Defendiendo la intrusión y penalizando a los infractores.

La patente debe tener unas características: ser una invención industrial, ejecutable, nueva y con actividad inventiva (ver Ley de Patentes, 24/2015).

La patente es un bien que tiene un valor económico y está integrado dentro del patrimonio empresarial. Y como cualquier otro bien, es posible disponer de él.

Los medios fundamentales de disposición sobre las patentes consisten en:

  • La cesión de la patente: la transmisión de la titularidad.
  • La concesión de licencias: autorización de explotación (no se transmite la titularidad) que pueden ser exclusivas o no. Son además voluntarias (casi todas) u obligatorias (en caso de necesidad social imperiosa).

Las patentes pueden ser también objeto de usufructo o de hipoteca mobiliaria.

Hay investigaciones e inventos que pueden llegar a no conseguir ser patentados. El proceso es complejo, depende de la Oficina de Patentes y Marcas y puede ser de ámbito estatal o europeo.

Otras Creaciones Objeto de Protección

Los modelos de utilidad y el diseño industrial:

  • Los modelos de utilidad: son invenciones menores donde la innovación consiste en una nueva forma, configuración o estructura de un objeto, que atribuye a este alguna ventaja práctica para su uso o fabricación. Solo existe el ámbito español (art. 143 LP), no en el europeo, y por menos tiempo.
  • El diseño industrial: se trata de los antiguos modelos y dibujos industriales. Su definición es la apariencia de la totalidad o de una parte de un producto, que se derive de las características, en particular, las líneas, contornos, colores, forma, textura o materiales del producto en el producto o en su ornamentación.

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