Principio de Igualdad en la Constitución Española

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El Principio de Igualdad en la Constitución

Construir una constitución exige, además de la idea de libertad, la de igualdad. Quien habla de crear una constitución siempre piensa en la igualdad de los ciudadanos y, más concretamente, en tres aspectos en los que podemos considerarlos iguales: el plano político, el jurídico y el de los medios de vivir. Ahora bien, el concepto de constitución exige una igualdad mayor, casi plena, en los dos primeros aspectos de la vida ciudadana y, en cambio, una más flexible en lo que respecta a la idea de igualdad material.

Igualdad Política

La igualdad política en democracia significa que cada voto de los ciudadanos debe ser contabilizado con igual valor. Es decir, un ciudadano, un voto. Por lo tanto, es indiferente la formación, la profesión o el patrimonio del votante en las elecciones.

  • Sufragio universal: El voto propio de un sistema constitucional y democrático es el voto universal. Es decir, aquel en el que no se excluye a ningún grupo de ciudadanos por razón de sexo o clase social, sino tan solo a aquellos que carecen de capacidad mental para votar (menores de edad, locos, incapacitados).
  • Debate sobre la formación: Frente a quienes han defendido el voto censitario argumentando que unos ciudadanos cultos pueden comprender mejor los programas políticos y valorar la calidad de los candidatos, se defiende que cada ciudadano, con independencia de su formación, es el mejor juez de sus intereses y del partido político que los defiende.
  • Riesgos del elitismo: Los programas y partidos más capacitados para gobernar no son siempre los avalados por los ciudadanos más formados, sino aquellos que han logrado el mayor número de votos en las elecciones generales por convencer a una mayor cantidad de personas. Habría un riesgo de que un partido apoyado solo en las clases profesionales y formadas terminara legislando exclusivamente en beneficio de estas.

Nuestra Constitución, en su artículo 23, recoge esta idea de igualdad política radiada de los ciudadanos. Según dicha norma, todos los ciudadanos, sin distinción, puesto que la norma no diferencia a ninguno, tienen igual derecho a participar en las elecciones generales. El artículo 68 también dice expresamente que el voto será igual. Si bien, como veremos, la división del cuerpo electoral en provincias da como resultado que los votos no valgan lo mismo según la circunscripción y el partido votado.

Igualdad Material

Según el artículo 9 de la Constitución Española, la idea constitucional va unida también, pero en un grado más débil, a la idea de igualdad en las condiciones de vida de los ciudadanos. Sin embargo, a diferencia de la fuerte exigencia de igualdad política y jurídica, esta igualdad material resulta más débil y limitada.

De hecho, las constituciones siguen proclamando como derechos fundamentales de los ciudadanos la propiedad privada, la herencia, la libertad de empresa y la libre acumulación de dinero. Esta garantía de propiedad y libertad en la economía es precisamente lo que reduce la igualdad de posiciones en todo sistema constitucional.

Razones Económicas de la Desigualdad Material

La razón por la cual las constituciones no admiten un cambio radical en nuestro sistema económico y protegen las libertades y la propiedad privada es fundamental: para mantener un nivel de producción de bienes en cantidad y calidad como el alcanzado hoy en día, resulta imprescindible que los ciudadanos puedan actuar libremente en la economía y acumular tantas propiedades como correspondan a su esfuerzo, preparación, trabajo y responsabilidad asumida.

Es este estímulo el que mueve a los ciudadanos al desarrollo más completo de sus capacidades y su productividad: la garantía legal de que a mayor trabajo y preparación corresponde mayor ganancia, y que esta podrá transmitirse por herencia a los descendientes.

Redistribución de la Riqueza

Ahora bien, las constituciones sí que imponen deberes sociales que, a su vez, limitan la libertad y la propiedad en la economía, empleándolas precisamente para alcanzar esa mínima pero suficiente igualdad material entre los ciudadanos. La idea central es garantizar a todos unas condiciones de vida dignas, sobre todo mediante la educación y la seguridad social.

Para alcanzar esto, se debe organizar un proceso de redistribución de la riqueza existente en la sociedad, consiguiendo que una parte de esa riqueza producida en la economía libre y de mercado vaya a parar a las clases desfavorecidas. Los impuestos, ayudas, subvenciones y programas de intervención son los instrumentos que permiten lograr ese resultado mediante un proceso de redistribución progresiva, nunca radical.

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