Spanish Restoration: 1876 Constitution & Political System

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Constitución de 1876

El sistema de la Restauración se equipó con una nueva constitución que heredó un carácter moderado de la de 1845. Las Cortes Constituyentes, de mayoría canovista, se reunieron. En ellas se discutió y aprobó un proyecto redactado por Alonso Martínez, aunque su verdadera inspiración fue Cánovas del Castillo.

Principales Características de la Constitución

  • Soberanía compartida entre las Cortes y el Rey. Esto significaba la negación de la idea de soberanía nacional.
  • Cortes Bicamerales. El Senado, no el Congreso elegido, representaba a las clases poderosas del país. Se distinguían:
    • Senadores 'de derecho propio': Grandes jerarquías de España, eclesiásticas y militares.
    • Senadores 'vitalicios': Nombrados por el Rey.
    • Senadores elegidos por sufragio censitario: Por los mayores contribuyentes.
  • Fortalecimiento del poder de la Corona, que se estableció como eje del Estado:
    • Poder ejecutivo: Designación de los ministros y mando directo del ejército.
    • Poder legislativo: Compartido con las Cortes.
    • Derecho de veto absoluto sobre las leyes aprobadas por las Cortes.
    • Poder de convocar, suspender o disolver las Cortes.
  • Reconocimiento teórico de las libertades y derechos, que en la práctica fueron limitados o pospuestos durante los gobiernos de Cánovas.
  • No se especificaba el tipo de sufragio para elegir el Congreso. Posteriormente, bajo el gobierno del Partido Conservador de Cánovas, se aprobó la Ley Electoral de 1878 que estableció el sufragio censitario, limitado a los mayores contribuyentes.
  • Restricción de la libertad religiosa. La Religión Católica es declarada religión oficial del Estado.

El Turno de Partidos

Cánovas diseñó un sistema basado en el turno pacífico de dos partidos en el poder. El Partido Conservador, dirigido por Cánovas del Castillo, representaba a la Corona y el conservadurismo, y el Partido Liberal, liderado por Sagasta, aglutinaba a progresistas y demócratas. Sagasta a menudo hablaba como un radical progresista, pero actuaba con moderación y pragmatismo. La gran virtud de este sistema fue asegurar la alternancia pacífica en el poder, poniendo fin a un largo periodo de intervencionismo militar y pronunciamientos.

Sin embargo, este turno político era un puro artificio, destinado a mantener el poder alejado de las fuerzas que quedaban fuera del sistema de Cánovas: las fuerzas de izquierda, el movimiento obrero, el regionalismo y los nacionalismos. La llegada al poder no era la expresión de la voluntad de los electores, sino que los líderes de los partidos la acordaban previamente.

El mecanismo de alternancia se producía de la siguiente manera:

  1. El Rey nombraba a un nuevo jefe de Gobierno y le otorgaba el decreto de disolución de las Cortes.
  2. El nuevo gobierno convocaba unas elecciones completamente adulteradas, manipulando las urnas.

Además del falseamiento electoral, el sistema se basaba en el caciquismo. Los caciques eran personas que controlaban una determinada circunscripción electoral.

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