Fundamentos y Elementos Esenciales del Contrato Laboral

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El Contrato de Trabajo: Concepto y Contenido

En el contrato de trabajo existen dos partes: el trabajador y el empleador (empresario), que puede ser persona o entidad.

Para la existencia de un contrato de trabajo deben concurrir necesariamente tres elementos:

1. Prestación de Servicio por Cuenta Ajena

Este elemento obliga al trabajador a prestar su servicio al empresario. Consiste en poner a disposición personal su actividad o trabajo, proporcionándole energía de manera continuada, con todas las cualidades de su propia especialidad. A esto se le llama la actividad, y no el resultado.

El trabajador se compromete a aportar su energía sin asumir ninguna responsabilidad por los resultados. Es el empresario quien, en uso de su poder de dirección, orienta la prestación de la actividad del trabajador hacia la consecución de los resultados que solo a él le competen e interesan.

El empleado no trabaja para sí mismo ni para el mercado en general, sino para beneficio del empresario, quien tiene derecho a apropiarse de los frutos del trabajo (ajenidad en los frutos). Además, el cumplimiento personal del contrato por parte del trabajador se limita a la puesta a disposición de la actividad, sin asumir responsabilidad por el resultado esperado de la actividad o por los resultados económicos (ajenidad en el riesgo).

Dicha prestación es personalísima, siendo incapaz de subcontratarla o cederla. Posee un carácter duradero y sucesivo, ya que no ocurre en un solo acto, sino que es constante.

2. Elemento Retribución

Este elemento asume la principal obligación del empresario en el contrato de trabajo: pagar al empleado la retribución como contraprestación por el servicio prestado.

La retribución puede ser por unidad de tiempo, por unidad de obra o mixta. También puede incluir una parte en especie y otra en efectivo. La retribución es indispensable.

3. Elemento Subordinación o Dependencia

Es el vínculo legal que une la prestación de servicio del trabajador con la voluntad y objetivos del empresario. El empresario tiene derecho a dictar las directrices a las que debe someterse el trabajador, y este tiene la obligación de obedecer.

Se establece así una relación jerárquica bajo cuya autoridad el trabajador se somete al empresario. El contrato de trabajo es, pues, una fórmula legal que legaliza la desigualdad y el sometimiento de una persona a la voluntad y objetivos de otra.

Sin embargo, esta subordinación tiene ciertos límites, como el de la delimitación temporal y espacial (solo rige en el trabajo y mientras perdura la relación laboral) y el respeto a los derechos fundamentales reconocidos al trabajador, especialmente el respeto a la dignidad, privacidad, convicciones, creencias y seguridad del trabajador.

No debe confundirse la subordinación con la dirección técnica. A medida que el trabajo del trabajador se va intelectualizando, desaparece la imposición de criterios técnicos sobre cómo debe realizarse el trabajo.

Factores Condicionantes de la Intensidad de la Subordinación:

  1. La voluntad del empresario.
  2. La naturaleza del trabajo.
  3. La ubicación jerárquica del trabajador.
  4. La modalidad de ejecución del trabajo.

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