Concepto y Funciones del Derecho: Normas, Justicia y Seguridad Jurídica

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Concepto del derecho

Concepto del derecho:
Actualmente, en la vida cotidiana realizamos actos que pueden entrar en contacto con el Derecho (comprar un periódico, subir a un autobús, etc.) y otros que tienen un alcance jurídico claro y manifiesto (por ejemplo, cuando nos imponen una multa por detenernos en un semáforo en rojo). Es común que estos actos tengan dos tipos de significado jurídico: el primero puede exigir una conducta determinada y el otro puede permitirnos actuar.

Debemos distinguir las normas jurídicas de otras normas de conducta:

  • Normas sociales: son prácticas generalmente aceptadas en una comunidad o sector social, cuyo incumplimiento conlleva exclusivamente una sanción social.
  • Normas morales: se diferencian del Derecho en que suponen la conciencia del deber y la infracción moral corresponde a una reprochabilidad interior, aunque en algunos casos coincida con lo que establece la ley.

En definitiva, la distinción entre normas sociales, morales y jurídicas resulta difícil en algunas partes; sin embargo, las normas jurídicas son obligatorias y pueden exigir coercitivamente su aplicación a través de la intervención de sus órganos y de sus propios medios, algo que no tienen las demás normas.

Además, estas reglas de conducta son establecidas por los sujetos competentes de los órganos e impuestas coactivamente a los ciudadanos. Las normas jurídicas delimitan las facultades y deberes de cada uno, y su enunciado puede provenir del poder legislativo o de la organización jurídica, según la autoridad de intervención que actúe en el caso concreto. Esta forma de organización coercitiva se manifiesta a través de los tribunales y otros medios visiblemente diferenciados.

Funciones y fines del derecho

Funciones y fines del derecho:
El derecho responde a la necesidad de ordenar la convivencia humana, con una dimensión social que se expresa en dos funciones principales: la regulación de las relaciones sociales y la solución de conflictos. La complejidad de las relaciones humanas hace necesario regular los comportamientos en todos sus aspectos, teniendo en cuenta no solo los intereses patrimoniales (propiedad, etc.), sino también otras motivaciones no económicas, como las relaciones familiares o los derechos y libertades fundamentales.

Función de solución de conflictos

La función o finalidad segunda del derecho consiste en aplicar principios que sirvan para solucionar los conflictos que surgen en las relaciones sociales. Así, el derecho se manifiesta en una vertiente reactiva.

Función de seguridad

Entre las principales finalidades del derecho se encuentra la seguridad, que tiene tres vertientes: paz, orden y certeza jurídica.

  • Paz: en su sentido más profundo, el derecho asegura que el individuo esté protegido frente a la agresión de otros, de modo que las relaciones sociales discurran normalmente sin necesidad de recurrir a la violencia.
  • Orden: la segunda vertiente consiste en organizar un orden social determinado, de manera que se eviten conductas que el legislador considera contrarias a la convivencia (por ejemplo, que los vehículos circulen en el mismo sentido en una vía de un solo carril).
  • Certeza jurídica: es la seguridad que el Estado ofrece frente al propio poder del Estado. Como este puede tender al abuso, una de las funciones principales del derecho es servir de límite al ejercicio del poder estatal y controlarlo.

Función de justicia

La tercera función es la justicia. La norma debe respetar la proporción, un equilibrio en la atribución de sanciones y derechos. Por ejemplo, no es justo castigar con un año de prisión a quien no conduce un vehículo con el debido cuidado. Sin justicia, el concepto de derecho pierde su sentido: la forma en que se distribuyen las cargas y beneficios debe ser equitativa y no solo legal, pues no basta con que la ley sea válida si no respeta los valores fundamentales.

El desarrollo de los derechos humanos y de las libertades proclamados en la Constitución es un requisito necesario en la organización de la convivencia humana. Por ello, es útil distinguir entre derecho público y derecho privado.

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